Las señales que no conviene ignorar
Las dificultades financieras rara vez aparecen de golpe. Casi siempre dan avisos meses antes. Estas son las señales que veo con más frecuencia en empresas que acaban en concurso, y que, detectadas a tiempo, permiten buscar otras salidas:
- Las pérdidas han reducido el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social. Es una causa legal de disolución, aunque la empresa siga funcionando con normalidad.
- Deudas con Hacienda o la Seguridad Social que se van aplazando o acumulando.
- Embargos, reclamaciones judiciales o requerimientos de proveedores o bancos.
- Tensiones de tesorería recurrentes: se paga a unos proveedores con lo que se cobra de otros, se retrasan nóminas o se tira de pólizas cada mes.
- Refinanciaciones sucesivas que solo aplazan el problema.
- Fondos propios negativos en las últimas cuentas anuales.
Por qué importa actuar a tiempo: tu responsabilidad personal
Muchos administradores no saben que la ley les impone obligaciones concretas cuando la sociedad entra en dificultades, y que incumplirlas puede afectar a su propio patrimonio.
Causa de disolución por pérdidas
Arts. 363.1.e), 365 y 367 de la Ley de Sociedades de Capital
Cuando las pérdidas dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, el administrador debe convocar la junta en el plazo de dos meses para acordar la disolución o adoptar medidas que restablezcan el equilibrio, o bien solicitar el concurso si la sociedad es insolvente. Si no lo hace, puede responder solidariamente y con su patrimonio de las deudas sociales posteriores a la causa de disolución.
Deber de solicitar el concurso
Art. 5 del Texto Refundido de la Ley Concursal
Cuando la empresa es insolvente, es decir, no puede cumplir regularmente sus obligaciones, el administrador debe solicitar el concurso en los dos meses siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer esa situación.
Calificación del concurso como culpable
Arts. 442 a 444 del Texto Refundido de la Ley Concursal
Si el concurso se declara tarde, la ley presume, salvo prueba en contrario, que el administrador ha contribuido a agravar la insolvencia. Un concurso culpable puede suponer, entre otras consecuencias, la inhabilitación del administrador y su condena a cubrir, total o parcialmente, el déficit que no puedan cobrar los acreedores.
Qué hacer si reconoces alguna de estas señales
Lo primero es conocer la situación real, con números y sin dramatismo. Mi trabajo empieza por ahí:
- Diagnóstico económico-financiero: análisis de las cuentas, la deuda, la tesorería a corto plazo y la viabilidad del negocio.
- Revisión de la situación legal de la sociedad: si está en causa de disolución, si es insolvente y desde cuándo, y qué plazos corren.
- Alternativas: según el caso, negociar con los acreedores, un plan de reestructuración, un concurso ordenado o la venta de la unidad productiva. Ver reestructuración y concurso de acreedores.
Actuar pronto no solo amplía las opciones de la empresa. También es la mejor forma de proteger al administrador, porque deja constancia de que actuó con diligencia.
Esta página ofrece información general y no sustituye el análisis de cada caso. La estrategia y la tramitación jurídica corresponden a un abogado; mi papel es el análisis y la documentación económica, en coordinación con él.